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12. Nos Don Manuel Ventura Figueroa, cavallero gran-cruz de la Real Distinguida Orden Española de Carlos III, Arcediano de Nendos ... A todos los fieles de uno, y otro sexo ... Hacemos saber que nuestro Santisimo Padre Pio VI. ... Declarando, como declaramos que no ha de poder aprovechar este indulto a los Reguales, que por voto esten obligados al uso perpetuo de los manjares Quaresmales ...

13. Nos los Inquisidores Apostolicos contra la Heretica Pravedad, y Apostasia en este Reyno de Aragon ... Hacemos a los Curas, Prelados, y Confesores de qualquier calidad, y grado que sean estantes ... que los Confesores deben oir a los Penitentes sus confesiones ...

14. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se declara por regla general, que todos los nobles que sean aprehendidos por vagos y mal entretenidos, se destinen al servicio de las armas en calidad de soldados distinguidos, observandose en la declaracion de tales las mismas formalidades y reglas prevenidas en la Real Ordenanza de 7 de Mayo de 1775, para en quanto à los del estado general, con lo demás que se expresa

15. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se declara, que dexando en libertad à los pueblos que tengan sobrantes para imponerlos sobre la Renta del Tabaco, es preferible esta imposicion à la de acudir con ellos à la paga de extraordinaria contribucion de los demas pueblos que carecen de dichos sobrantes, en la conformidad que se expresa

16. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se declara, que dexando en libertad à los pueblos que tengan sobrantes para imponerlos sobre la Renta del Tabaco, es preferible esta imposicion à la de acudir con ellos à la paga de extraordinaria contribucion de los demas pueblos que carecen de dichos sobrantes, en la conformidad que se expresa

17. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda que en adelante no se incluyan en las cuerdas, ni se destinen tantos muchachos á la Marina, y que los Corregidores y Justicias del Reyno no se opongan, ni escusen á la recluta y admision de mozos que quieran tomar partido voluntariamente para los Batallones de Marina, con lo demás que se previene

18. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda, que las Justicias Reales no permitan que los Tribunales Eclesiasticos tomen conocimiento de las nulidades de testamentos, è inventarios, aunque se hubiesen otorgado por personas eclesiasticas, y algunos de los herederos ò legatarios fuesen comunidad, persona eclesiastica ú obra pia, en la conformidad que se manda

19. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda, que las Justicias de estos Reynos no permitan que anden vagando los que venden efigies de yeso, botes de olor, palilleros y otras menudencias de esta clase, ni los caldereros y buhoneros, sino que fixen su domicilio y residencia bajo el apercibimiento con que se les comina, con lo demás que se expresa

20. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda, que para la mejor execucion de lo que se expresa en el Real Decreto aqui inserto, las Justicias de estos Reynos auxilien à los Administradores y Dependientes de Rentas en lo que pueda ofrecerse y necesitarse de sus facultades, con lo demás que se previene