Don Francisco Gonzalez de Bassecourt ... Por quanto hemos recibido dos Reales Cédulas, sus fechas en el Pardo, á ocho y nueve de Marzo proximo pasado, ambas relativas à que los capitales que en adelante se vayan redimiendo por particulares censualistas, tocantes á vínculos, mayorazgos, patronatos laycales y obras pias, detenidos en depósitos públicos, se impongan à censo redimible de tres por ciento, de cuenta de la Real Hacienda, sobre la renta del tabaco ...
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se prorroga la imposicion de capitales imponibles sobre la renta del tabaco al tres por ciento, interin duran las urgencias presentes, ó se determina cosa en contrario
Real Cedula, por la qual se sirve Su Magestad declarar que todos los capitales, que en adelante se vayan redimiendo por particulares censualistas, tocantes á Vínculos, Mayorazgos y Patronatos laycales, se comprehendan tambien en la providencia general de quince de Marzo de mil setecientos y ochenta, que se refiere, y se impongan a Censo redimible sobre la Renta del Tabaco, baxo las reglas ya establecidas
Real cedula, de S. M. señores del Consejo, en que se proroga la impoisción de capitales imponibles sobre la renta del Tabaco al tres por ciento, interin duran las urgencias presentes, ó se determina cosa en contrario