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1. Don Manuel de Terán, Barón de la Linde ... Por quanto el señor Don Luis de Alvarado ... me remite exemplares de la real cedula ... concediendo por punto general diferentes gracias, y franquicias para fomento de todas las fábricas de papel de estos reynos ...

2. Drama sacro. La muerte del justo

3. En 7 de Setiembre de 1773 se comunicó al Reverdo. Obispo de Huesca anteceso del actual una Orden de la Camara que dice así = Ilmo. Sor. = En la Camara se ha visto la representacion de N. S. J. de Julio proximo, en que propuso la duda sobre si deben contarse entre las [obvenciones] Parroquiales los Aniversarios y fundaciones que huviesen en las respectivas Iglesias de esa Diocesi para arreglar la conjura de los Curatos ... [Manuscrit]

4. Fabulas de Fedro ...

6. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se declara por regla general, que todos los nobles que sean aprehendidos por vagos y mal entretenidos, se destinen al servicio de las armas en calidad de soldados distinguidos, observandose en la declaracion de tales las mismas formalidades y reglas prevenidas en la Real Ordenanza de 7 de Mayo de 1775, para en quanto à los del estado general, con lo demás que se expresa

7. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se declara, que dexando en libertad à los pueblos que tengan sobrantes para imponerlos sobre la Renta del Tabaco, es preferible esta imposicion à la de acudir con ellos à la paga de extraordinaria contribucion de los demas pueblos que carecen de dichos sobrantes, en la conformidad que se expresa

8. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se declara, que dexando en libertad à los pueblos que tengan sobrantes para imponerlos sobre la Renta del Tabaco, es preferible esta imposicion à la de acudir con ellos à la paga de extraordinaria contribucion de los demas pueblos que carecen de dichos sobrantes, en la conformidad que se expresa

9. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda que en adelante no se incluyan en las cuerdas, ni se destinen tantos muchachos á la Marina, y que los Corregidores y Justicias del Reyno no se opongan, ni escusen á la recluta y admision de mozos que quieran tomar partido voluntariamente para los Batallones de Marina, con lo demás que se previene

10. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda, que para la mejor execucion de lo que se expresa en el Real Decreto aqui inserto, las Justicias de estos Reynos auxilien à los Administradores y Dependientes de Rentas en lo que pueda ofrecerse y necesitarse de sus facultades, con lo demás que se previene