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Resultats de la cerca

1. Explicacion de los beneficios que à favor del Estado y de los vassallos de S.M. se han descubierto en Sevilla, aprovechando la oportunidad de existir en ella varios prisioneros ingleses, dignos de adaptarse en todas las fabricas de texidos de lana establecidas y que se establezcan, para adelantar y mejorar las operaciones del lavado y conversion à estambres, cardado, hilado, aspado, devanado, texido y tintes con mucho ahorro de los dispendios que se ocasionan en la actualidad

4. Obligaciones de un canonigo para morir bien y salvarse

5. Pragmatica Sancion por la qual se declara y establece lo que debe observarse en el pago y aceptacion de Letras de Cambio, para evitar tergiversaciones y providencias arbitrarias é inconstantes

6. Pragmatica sanción, por la qual se declara y establece lo que debe observarse con el pago y aceptación de Letras de Cambio, para evitar tergiversaciones, ...

7. Real Cedula de 19 de Marzo 1782 en que se hacen varias declaraciones para que los Ordinarios eclesiasticos no provean las piezas eclesiasticas que vaquen en Roma ni otras reservadas por reglas de cancelaria. Muy Reverendos Arzobispos y reverendos Obispos de estos mis Reynos, de mi Consejo, y a los demas Ordinarios ... a prover varios Beneficios y piezas eclesiasticas ... [Manuscrit]

8. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo por la qual se manda que para la mejor execucion de lo que se expresa en el Real Decreto aqui inserto, las Justicias de estos Reynos auxilien á los administradores y dependientes de rentas en lo que pueda ofrecerse y necesitarse de sus facultades, con lo demás que se previene

9. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se crea, erige y autoriza un Banco Nacional y General para facilitar las operaciones del comercio y el beneficio público de estos Reynos y los de Indias, con la denominacion de Banco de San Carlos baxo las reglas que se expresan

10. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se mandan observar las reglas que van insertas para las subscripciones que hagan los pueblos del Reyno en el Banco Nacional, de sus caudales sobrantes de Propios, Arbitrios, Encabezamientos y de los Pósitos