Explicacion de los beneficios que à favor del Estado y de los vassallos de S.M. se han descubierto en Sevilla, aprovechando la oportunidad de existir en ella varios prisioneros ingleses, dignos de adaptarse en todas las fabricas de texidos de lana establecidas y que se establezcan, para adelantar y mejorar las operaciones del lavado y conversion à estambres, cardado, hilado, aspado, devanado, texido y tintes con mucho ahorro de los dispendios que se ocasionan en la actualidad
Real Cedula de 19 de Marzo 1782 en que se hacen varias declaraciones para que los Ordinarios eclesiasticos no provean las piezas eclesiasticas que vaquen en Roma ni otras reservadas por reglas de cancelaria. Muy Reverendos Arzobispos y reverendos Obispos de estos mis Reynos, de mi Consejo, y a los demas Ordinarios ... a prover varios Beneficios y piezas eclesiasticas ... [Manuscrit]