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1. Llevandose la atencion de todos mis desvelos el alivio, que deseo logren mis amados Vasallos, no omitiré ... que la falta de Propios, que generalmente tienen las Ciudades, Villas y Lugares de estos mis Reynos para sus precisas dotaciones, ...

2. Atendiendo al beneficio de mis Pueblos y Vasallos en la buena administracion, cuenta, y razon de sus fondos comunes, tuve por conveniente mandar por Decreto de treinta de Julio del año passado de mil setecientos setenta, que los Propios y Arbitrios de todos los Pueblos de estos mis Reynos, corriesen baxo la mano y direccion de mi Consejo de Castilla ...

3. Real Cedula de S. M. y señores del Consejo por la qual se manda que para mejor execucion de lo que se expresa en el Real Decreto aqui inserto, las justicias de estos reynos auxilien à los administradores y dependientes de rentas, en lo que pueda ofrecerse y necesitarse de sus facultades, con lo demás que se previene

4. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda, que para la mejor execucion de lo que se expresa en el Real Decreto aqui inserto, las Justicias de estos Reynos auxilien à los Administradores y Dependientes de Rentas en lo que pueda ofrecerse y necesitarse de sus facultades, con lo demás que se previene

5. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda, que para la mejor execucion de lo que se expresa en el Real Decreto aqui inserto, las Justicias de estos Reynos auxilien á los Administradores y dependientes de Rentas en lo que pueda ofrecerse y necesitarse de sus facultades, con lo demás que se previene

6. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo por la qual se manda que para la mejor execucion de lo que se expresa en el Real Decreto aqui inserto, las Justicias de estos Reynos auxilien á los administradores y dependientes de rentas en lo que pueda ofrecerse y necesitarse de sus facultades, con lo demás que se previene