Real cedula de S. M. ... por la qual se prorroga por dos años mas, contados desde que se cumplan los dos primeros, el término señalado por la Real pragmática de veinte y nueve de mayo de mil setecientos setenta y dos para la extincion de la actual moneda de oro y plata de todas clases
Real Pragmatica Sancion que S.M. ha mandado publicar para que el doblon de à ocho, que por la de diez y seis de mayo de mil setecientos treinta y siete, se dejó en quince pesos de à veinte reales y quarenta maravedis, valga diez y seis pesos fuertes cabales, siendo del nuevo cuño, y que del antiguo tenga los quarenta maravedises de aumento, y à esta proporcion las monedas subalternas de su clase, y los veintenes de oro, en la conformidad que se refiere
Autor:
Espanya
Format:
Text imprès
Nivell Bibliogràfic:
Monografia
Idioma:
Castellà
Zona de publicació:
Zaragoza : n la Imprenta de Don Luis de Cueto, 1779