Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se mandan observar las condiciones y prevenciones contenidas en el decreto inserto, para el curso de los medios Vales de á trescientos pesos que dimanen de la negociacion ajustada con varias casas de comercio establecidas y acreditadas en estos Reynos, para el apronto efectivo de cinco millones de pesos, en la forma que se declara