Don Manuel de Terán, Barón de la Linde ... El Contador General de Propios y Arbitrios del Reyno don Manuel Becerra, de orden del Real, y Supremo Consejo de Castilla, con carta de 3 de este mes, me dice ... A representacion de los reales hospicios de Madrid y San Fernando, ha venido el rey en prorrogar por otros diez años el impuesto de los veinte y seis maravedices por ciento en el fondo de propios y arbitrios del Reyno ...
En 7 de Setiembre de 1773 se comunicó al Reverdo. Obispo de Huesca anteceso del actual una Orden de la Camara que dice así = Ilmo. Sor. = En la Camara se ha visto la representacion de N. S. J. de Julio proximo, en que propuso la duda sobre si deben contarse entre las [obvenciones] Parroquiales los Aniversarios y fundaciones que huviesen en las respectivas Iglesias de esa Diocesi para arreglar la conjura de los Curatos ... [Manuscrit]
En la Camara hay pleito pendiente entre el Sr. Fiscal y las Asambleas, Priores y Comendadores del Orden Militar de San Juan de Jerusalem de los Reynos de la Corona de Aragón ... [Manuscrit]
Nos Don Manuel Ventura Figueroa, cavallero gran-cruz de la Real Distinguida Orden Española de Carlos III, Arcediano de Nendos ... A todos los fieles de uno, y otro sexo ... Hacemos saber que nuestro Santisimo Padre Pio VI. ... Declarando, como declaramos que no ha de poder aprovechar este indulto a los Reguales, que por voto esten obligados al uso perpetuo de los manjares Quaresmales ...
Nos los Inquisidores Apostolicos contra la Heretica Pravedad, y Apostasia en este Reyno de Aragon ... Hacemos a los Curas, Prelados, y Confesores de qualquier calidad, y grado que sean estantes ... que los Confesores deben oir a los Penitentes sus confesiones ...
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se declara por regla general, que todos los nobles que sean aprehendidos por vagos y mal entretenidos, se destinen al servicio de las armas en calidad de soldados distinguidos, observandose en la declaracion de tales las mismas formalidades y reglas prevenidas en la Real Ordenanza de 7 de Mayo de 1775, para en quanto à los del estado general, con lo demás que se expresa