Demonstracino veridica y respuesta canonica con que en defensa de los procedimientos de el Illustre Sr. Dr. Buenaventura Carbonell, Canonigo Penitenciario de la Santa Iglesia de Vich, y Vicario General, y Oficial de aquella Diocesis por el Illustrissimo y Reverendissimo Sr. D. Fray Bartholomè de Sarmentero obispo de la misma Ciudad, se desvanecen y refutan los errores esparcidos en el papel, que, con titulo de "Defensa Legal de la Jurisdiccion Real", ha dado a luz D. Nicolas Joseph Nieto de Lindosso, Alcalde Mayor y Theniente-Corregidor, por S.M. de la referida ciudad, y su partido
Subtítol:
Se haze evidente el arreglo de la conducta del dicho Illtre. Sr. Vicario General y la viabilidad de las censuras, y demàs procedimientos con motivo de la captura del beneficiado Manuel Feu, hecha por el mencionado alcalde en la ultima noche del mes de Junio de 1764
Autor:
Carbonell, Bonaventura
Format:
Text imprès
Nivell Bibliogràfic:
Monografia
Idioma:
Castellà
Zona de publicació:
Vic : En la Imprenta de margarita Morera Viuda, <[>1765?<]>
Teniendo presentes el Consejo las repetidas infracciones contra la circular de veinte y seis de Noviembre de mil setecientos sesenta y siete de de acudirse a la Curia Romana, ... de que se originan graves dilaciones en los juicios ecclesiasticos, elegiase los apelantes Jueces ... [Manuscrit]
Señor Don Juan de Peñuelas, Escribano de Camara y de Govierno del Real, y Supremo Consejo de Castilla ... para libertar à los Caudales de Propios, y Arbitrios del Reyno de exacciones indebidas, evitar competencias con los Jueces Eclesiasticos sobre cobranza de cargos ...
Real cedula de su Magestad en que con motivo de cierta representacion hecha por el Rdo. Obispo de Plasencia, se hacen diferentes prevenciones a los Prelados de esto Reynos, para el modo de representar, y proceder en los casos que les corresponden
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda, que las Justicias Reales no permitan que los Tribunales Eclesiasticos tomen conocimiento de las nulidades de testamentos, è inventarios, aunque se hubiesen otorgado por personas eclesiasticas, y algunos de los herederos ò legatarios fuesen comunidad, persona eclesiastica ú obra pia, en la conformidad que semanda