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71. Real Cedula de S. M. y Señores de su Real y Supremo Consejo por la qual se manda guardar y cumplir el Real Decreto y declaraciones insertos, en que se prescriben las reglas convenientes para imponer los capitales de los depositos que hai en el Reyno sobre la renta del tabaco á razon de tres por ciento de cuenta de la Real Hacienda

72. Real cedula de Su Magestad en que se concede facultad por punto general, para la imposicion al tres por ciento de todos los capitales depositados en virtud de reales facultades, pertenecientes a vinculos y mayorazgos, sobre la renta del tabaco, en la forma que aqui se expresa

73. Real cedula, de S. M. y señores de su real y supremo consejo, por la qual se manda guardar, y cumplir el real decreto y Declaracion insertos, en que se prescriben las reglas convenientes para imponer los capitales de los depósitos que hai en el Reyno sobre la Renta del Tabaco á razon de tres por ciento de cuenta de la Real Hacienda

74. Reyno de Aragón

75. Don Manuel de Teran, Baron de la Linde ... Por quanto el Señor Don Luís de Alvarado, Secretario de la Junta general de Comercio y Moneda de acuerdo de ella me remite exemplares de la Real Cedula ...

77. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se prorroga la imposicion de capitales imponibles sobre la renta del tabaco al tres por ciento, interin duran las urgencias presentes, ó se determina cosa en contrario

78. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se declara, que dexando en libertad à los pueblos que tengan sobrantes para imponerlos sobre la Renta del Tabaco, es preferible esta imposicion à la de acudir con ellos à la paga de extraordinaria contribucion de los demas pueblos que carecen de dichos sobrantes, en la conformidad que se expresa

79. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se declara, que dexando en libertad à los pueblos que tengan sobrantes para imponerlos sobre la Renta del Tabaco, es preferible esta imposicion à la de acudir con ellos à la paga de extraordinaria contribucion de los demas pueblos que carecen de dichos sobrantes, en la conformidad que se expresa

80. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda, que para la mejor execucion de lo que se expresa en el Real Decreto aqui inserto, las Justicias de estos Reynos auxilien à los Administradores y Dependientes de Rentas en lo que pueda ofrecerse y necesitarse de sus facultades, con lo demás que se previene