Ordenanza de S.M. en que se previene y establece el recogimiento de vagos y mal-entretenidos, por medio de levas anuales, y se encarga á las Justicias ordinarias, Salas y Audiencias criminales el órden judicial que deben observar; y los quatro depósitos, á donde deben remitirse los que fueren aptos para las armas, derogando todo fuero y ordenanzas contrarias á lo que se dispone en ésta ...