Pragmatica sancion en fuerza de ley, por la qual su magestad, a consulta del Consejo, se sirve establecer las reglas, y forma, que se ha de tener en adelante en la creacion de Notarios de Asiento, ò Nùmero de los Tribunales Eclesiasticos, y de los Ordinarios, con las calidades, y circunstancias, que deben concurrir en sus Personas para el mejor servicio del Pùblico, y evitar su excesivo nùmero
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Carles III. Pragmatica Sancion En Fuerza De Ley, Por La Qual Su Magestad, a Consulta Del Consejo, Se Sirve Establecer Las Reglas, Y Forma, Que Se Ha De Tener En Adelante En La Creacion De Notarios De Asiento, Ò Nùmero De Los Tribunales Eclesiasticos, Y De Los Ordinarios, Con Las Calidades, Y Circunstancias, Que Deben Concurrir En Sus Personas Para El Mejor Servicio Del Pùblico, Y Evitar Su Excesivo Nùmero. En Zaragoza: En la Imprenta del Rey .., 1770.
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Carles III, C. III. (1770). Pragmatica sancion en fuerza de ley, por la qual su magestad, a consulta del Consejo, se sirve establecer las reglas, y forma, que se ha de tener en adelante en la creacion de Notarios de Asiento, ò Nùmero de los Tribunales Eclesiasticos, y de los Ordinarios, con las calidades, y circunstancias, que deben concurrir en sus Personas para el mejor servicio del Pùblico, y evitar su excesivo nùmero. En Zaragoza: En la Imprenta del Rey ..
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Carles III Pragmatica Sancion En Fuerza De Ley, Por La Qual Su Magestad, a Consulta Del Consejo, Se Sirve Establecer Las Reglas, y Forma, Que Se Ha De Tener En Adelante En La Creacion De Notarios De Asiento, Ò Nùmero De Los Tribunales Eclesiasticos, y De Los Ordinarios, Con Las Calidades, y Circunstancias, Que Deben Concurrir En Sus Personas Para El Mejor Servicio Del Pùblico, y Evitar Su Excesivo Nùmero: . En Zaragoza: En la Imprenta del Rey .., 1770.