Real cedula con los veinte y cinco capitulos de las ordenanzas que su magestad (que Dios guarde) y su real Junta General de Comercio y su Moneda manda observar a todas las platerias y plateros de todas las ciudades, villas, y lugares del principado de Cathaluña, para su buen regimen, y govierno, en vista de las ordenanzas concedidas a la congregación, Colegio, y Arte de Plateros de la ciudad de Barcelona, su fecha en Sevilla a 8. de agosto de 1732 y declaraciones sobre las dudas expuestas por la Real Audiencia del Principado de Cathaluña, y ciudad de Barcelona, sobre el capitulo sexto, y octavo dada en San Ildefonso a 17 de julio de 1733
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Felip V. Real Cedula Con Los Veinte Y Cinco Capitulos De Las Ordenanzas Que Su Magestad (que Dios Guarde) Y Su Real Junta General De Comercio Y Su Moneda Manda Observar a Todas Las Platerias Y Plateros De Todas Las Ciudades, Villas, Y Lugares Del Principado De Cathaluña, Para Su Buen Regimen, Y Govierno, En Vista De Las Ordenanzas Concedidas a La Congregación, Colegio, Y Arte De Plateros De La Ciudad De Barcelona, Su Fecha En Sevilla a 8. De Agosto De 1732 Y Declaraciones Sobre Las Dudas Expuestas Por La Real Audiencia Del Principado De Cathaluña, Y Ciudad De Barcelona, Sobre El Capitulo Sexto, Y Octavo Dada En San Ildefonso a 17 De Julio De 1733. [s.l: s.n, 1733.
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Felip V, F. V. (1733). Real cedula con los veinte y cinco capitulos de las ordenanzas que su magestad (que Dios guarde) y su real Junta General de Comercio y su Moneda manda observar a todas las platerias y plateros de todas las ciudades, villas, y lugares del principado de Cathaluña, para su buen regimen, y govierno, en vista de las ordenanzas concedidas a la congregación, Colegio, y Arte de Plateros de la ciudad de Barcelona, su fecha en Sevilla a 8. de agosto de 1732 y declaraciones sobre las dudas expuestas por la Real Audiencia del Principado de Cathaluña, y ciudad de Barcelona, sobre el capitulo sexto, y octavo dada en San Ildefonso a 17 de julio de 1733. [s.l: s.n.
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Felip V Real Cedula Con Los Veinte y Cinco Capitulos De Las Ordenanzas Que Su Magestad (que Dios Guarde) y Su Real Junta General De Comercio y Su Moneda Manda Observar a Todas Las Platerias y Plateros De Todas Las Ciudades, Villas, y Lugares Del Principado De Cathaluña, Para Su Buen Regimen, y Govierno, En Vista De Las Ordenanzas Concedidas a La Congregación, Colegio, y Arte De Plateros De La Ciudad De Barcelona, Su Fecha En Sevilla a 8. De Agosto De 1732 y Declaraciones Sobre Las Dudas Expuestas Por La Real Audiencia Del Principado De Cathaluña, y Ciudad De Barcelona, Sobre El Capitulo Sexto, y Octavo Dada En San Ildefonso a 17 De Julio De 1733: . [s.l: s.n, 1733.