Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo por la qual se declara que ademas de los géneros especificados en las Reales Cédulas de 14 de Julio de 1778 y 21 de Diciembre de 1779 son igualmente comprehendidas en la prohibicion de introduccion en estos Reynos, contenida en ellas, las cintas de hiladillo, capullo, filadis, filoseda, borra ó escarzo de la seda y los pañuelos, medias y otras manufacturas de esta clase, con lo demas que se expresa