Real cedula de su magestad a consulta del Consejo, restituyendo à las Justicias Ordinarias el conocimiento de los Bienes que dejan los que fallecen abintestato sin herederos, ni parientes conocidos, con la apelacion à las Audencias, y Chancillerias Reales, y lo demàs que dispone, verificades estas circunstancias, para su aplicacion à la Càmara de S. M. conforme à las Leyes del Reyno