Real cedula de su magestad, con insercion del auto-acordado del Consejo Pleno, para que las comunidades eclesiasticas seculares y regulares de ambos sexos no puedan gozar de los aprovechamientos, y derecho de vecindad en los Pueblos donde no estèn situadas, y poseen bienes raìces, aunque tengan Administrador ò Casero que les cuide, en consecuencia de la Real Cedula de 11 de Septiembre de 1764
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Carles III. Real Cedula De Su Magestad, Con Insercion Del Auto-acordado Del Consejo Pleno, Para Que Las Comunidades Eclesiasticas Seculares Y Regulares De Ambos Sexos No Puedan Gozar De Los Aprovechamientos, Y Derecho De Vecindad En Los Pueblos Donde No Estèn Situadas, Y Poseen Bienes Raìces, Aunque Tengan Administrador Ò Casero Que Les Cuide, En Consecuencia De La Real Cedula De 11 De Septiembre De 1764. En Zaragoza: En la Imprenta del Rey .., 1766.
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Carles III, C. III. (1766). Real cedula de su magestad, con insercion del auto-acordado del Consejo Pleno, para que las comunidades eclesiasticas seculares y regulares de ambos sexos no puedan gozar de los aprovechamientos, y derecho de vecindad en los Pueblos donde no estèn situadas, y poseen bienes raìces, aunque tengan Administrador ò Casero que les cuide, en consecuencia de la Real Cedula de 11 de Septiembre de 1764. En Zaragoza: En la Imprenta del Rey ..
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Carles III Real Cedula De Su Magestad, Con Insercion Del Auto-Acordado Del Consejo Pleno, Para Que Las Comunidades Eclesiasticas Seculares y Regulares De Ambos Sexos No Puedan Gozar De Los Aprovechamientos, y Derecho De Vecindad En Los Pueblos Donde No Estèn Situadas, y Poseen Bienes Raìces, Aunque Tengan Administrador Ò Casero Que Les Cuide, En Consecuencia De La Real Cedula De 11 De Septiembre De 1764: . En Zaragoza: En la Imprenta del Rey .., 1766.