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71. Carta pastoral que dirige a los párrocos, sacerdotes y demás fieles de su diocesis el ilustrisimo y reverendisimo Señor f. Josef Antonio de San Alberto, del consejo de S. M. y Obispo de Córdoba de Tucumán

72. Platica y caso

73. Real Cedula de 19 de Marzo 1782 en que se hacen varias declaraciones para que los Ordinarios eclesiasticos no provean las piezas eclesiasticas que vaquen en Roma ni otras reservadas por reglas de cancelaria. Muy Reverendos Arzobispos y reverendos Obispos de estos mis Reynos, de mi Consejo, y a los demas Ordinarios ... a prover varios Beneficios y piezas eclesiasticas ... [Manuscrit]

74. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo por la qual se manda que para la mejor execucion de lo que se expresa en el Real Decreto aqui inserto, las Justicias de estos Reynos auxilien á los administradores y dependientes de rentas en lo que pueda ofrecerse y necesitarse de sus facultades, con lo demás que se previene

75. A los M. RR. PP. Maestros, Priores, Rectores, Vicarios y principales presidentes y à los demàs religiosos de esta Provincia de Aragòn ... : participo à VV. PP. y RR. que he recibido una Carta-Orden del Rey nuestro señor ... que es del tenor siguiente

76. Cedula de S.M. con insercion de un Breve de N.M.S.P. Pio Sexto concediendo facultad para exigir de las dignidades, canongías y demás beneficios de la Real presentacion ò sujetos al Concordato, no siendo Curados aunque se provean por los Coladores ordinarios, una porcion de sus rentas que no exceda de la tercera parte, en la forma y con las declaraciones que se expresan

77. Pragmatica-sancion en fuerza de ley, en que se dan nuevas reglas para contener y castigar la vagancia de los que hasta aquí se han conocido con el nombre de gitanos ó castellanos nuevos, con lo demas que se expresa

78. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo para que los Tribunales Superiores y Justicias de estos Reinos presten el auxilio necesario en lo que les pertenezca à el cumplimiento del Real Decreto y Breve que se refieren sobre exigir de las dignidades, canongías y demas beneficios de la presentacion de S.M. y de los sujetos al Concordato à excepcion de los curados, una porcion de sus rentas no excedente de la tercia parte, en la forma y para los fines piadosos que se expresan

79. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo por la qual se declara que ademas de los géneros especificados en las Reales Cédulas de 14 de Julio de 1778 y 21 de Diciembre de 1779 son igualmente comprehendidas en la prohibicion de introduccion en estos Reynos, contenida en ellas, las cintas de hiladillo, capullo, filadis, filoseda, borra ó escarzo de la seda y los pañuelos, medias y otras manufacturas de esta clase, con lo demas que se expresa

80. Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo por la qual se declara que no solo el oficio de curtidor, sino tambien los demas artes y oficios de herrero, sastre, zapatero, carpintero y otros á este modo, son honestos y honrados y que el uso de ellos no envilece la familia ni la persona del que los ejerce, ni la inhabilita para obtener los empleos municipales de la República en que estén avecindados los artesanos ó menestrales que los exerciten, con lo demas que se expresa