Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo por la qual se manda guardar y cumplir las tres Reales Ordenes que se refieren y tratan de lo que debe observarse en quanto al modo de levantar las retenciones de los presidiarios: que los gobernadores de los presidios cumplan las provisiones de los tribunales sobre las condenas de los reos que éstos hacen por cierto tiempo, ó con la reserva de no salir sin su licencia y que no se concedan licencias á los presidiarios ni se les permita ponerse á servir en ninguna casa, con lo demas que se expresa